Cuando hablamos del reglamento de la Propiedad Horizontal estamos hablando de un contrato de adhesión. Por tanto, es ley para todas las partes. Este contrato debe hacerse por escritura pública y debe:
- Describir cada uno de los departamentos y detallar las partes comunes del edificio, la proporción que cada unidad tiene en estas, y su destino.
- Establecer las pautas de organización y convivencia
- Constar la designación del administrador, sus facultades, obligaciones y el período de ejercicio.
Específicamente, el artículo 2056 del Código Civil y Comercial Nacional específica que el reglamento de Propiedad Horizontal debe tener:
a) determinación del terreno;
b) determinación de las unidades funcionales y complementarias;
c) enumeración de los bienes propios;
d) enumeración de las cosas y partes comunes;
e) composición del patrimonio del consorcio;
f) determinación de la parte proporcional indivisa de cada unidad;
g) determinación de la proporción en el pago de las expensas comunes;
h) uso y goce de las cosas y partes comunes;
i) uso y goce de los bienes del consorcio;
j) destino de las unidades funcionales;
k) destino de las partes comunes;
l) facultades especiales de las asambleas de propietarios;
m) determinación de la forma de convocar la reunión de propietarios, su periodicidad y su forma de notificación;
n) especificación de limitaciones a la cantidad de cartas poderes que puede detentar cada titular de unidad funcional para representar a otros en asambleas;
ñ) determinación de las mayorías necesarias para las distintas decisiones;
o) determinación de las mayorías necesarias para modificar el reglamento de propiedad horizontal;
p) forma de computar las mayorías;
q) determinación de eventuales prohibiciones para la disposición o locación de unidades complementarias hacia terceros no propietarios;
r) designación, facultades y obligaciones especiales del administrador;
s) plazo de ejercicio de la función de administrador;
t) fijación del ejercicio financiero del consorcio;
u) facultades especiales del consejo de propietarios.
Más información para una mejor convivencia:
Para que un reglamento sea respetado, antes debe ser conocido por todas las partes. Por eso, es importante contar con tecnología que permita a los vecinos consultarlo de forma simple, sin tener que solicitar una copia en papel a la administración ni navegar entre un mar de correos electrónicos cada vez que quiera saldar una duda.
ConsorcioAbierto permite compartir el reglamento con todos los propietarios e inquilinos del consorcio, sin necesidad de tener que enviarlo por cada persona nueva que ingresa. Los vecinos pueden ver desde su celular o computadora todos los documentos de su consorcio, a la hora que quieran sin necesidad de consultar a la administración. Además, a través de la aplicación pueden:
-Consultar el estado de cuenta
– Reservar las amenities
– Pagar las expensas
– Ver los comprobantes de pagos
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